|
Compartir noticia en twitter
Compartir noticia en facebook
Compartir noticia por whatsapp
Compartir noticia por Telegram
Compartir noticia en twitter
Compartir noticia en facebook
Compartir noticia por whatsapp
Compartir noticia por Telegram

La gran espera ha terminado. Por fin, y con una rapidez poco observada en los procesos legislativos, se ha aprobado por el Senado de la República la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar. Con la aprobación del Senado, el proyecto de iniciativa de decreto para la creación del Fondo será enviado al Ejecutivo Federal para las consideraciones de ley y, en caso de que no sea vetado (por supuesto que no), la iniciativa será publicada en el Diario Oficial de la Federación para que entre en vigor de pleno derecho.

Y tal como se esperaba, lo que en un principio se pensaba como fondo semilla, aportado por el Gobierno Federal por un importe de 64 mil millones de pesos, será ahora, en primera instancia, la fuente de recursos para el propósito, provendrá del sistema de ahorro para el retiro (SAR) y se obtendrá la cantidad de 40 mil millones de pesos de las cuentas inactivas que manejan las Afore y cuyos recursos pertenecen, legítimamente a los trabajadores. La Consar, autoridad reguladora del sistema de ahorro para el retiro, refiere en su portal, apartado Panorama General del SAR, que existen registradas poco más de 8.9 millones de cuentas individuales no registradas en una Afore.

En adición, registra la autoridad reguladora, la cantidad de 9.5 millones de cuentas individuales que están asignadas a las Afore, pero tampoco registradas y, entre estos dos conceptos, acumulan una gran cantidad de millones de pesos propiedad de millones de trabajadores que no están en activo y que tienen 70 de edad o más y son parte de los recursos en comento, los que, al entrar en vigor el Decreto, pasarán al Fondo para que una vez cumplidos los requisitos y entre en operación, se empiecen a cubrir las diferencias de pensiones a recibir. Pero es importante que usted, amigo trabajador, sepa que el beneficio no es para todos los trabajadores que se pensionen.

El beneficio sólo aplicará para trabajadores que obtengan su pensión a la edad de sesenta y cinco años y aun cuando no se ha dicho cual será la cantidad de semanas cotizadas exigibles al año de obtención de pensión, suponemos que serán las de ley. Cabe aclarar que el dinero que ahora está en las Afore o en la Cuenta Concentradora que Banxico le opera al IMSS, Issste e Infonavit, pasará al Fondo de cuentas inactivas de trabajadores que para el IMSS tenga 70 años de edad o más y para el Issste, 75 o más. Proyecto muy controvertido, sin embargo, con la fuerza legislativa que se tiene, nada lo detiene, excepto una posible decisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Pero eso, ya lo veremos en pocos días.

Lo más leído

skeleton





skeleton